Sanción de la AEPD a colegio

Analizamos la sanción de 15,000 euros de la AEPD a un colegio por desvelar en clase el correo enviado por el padre de una menor.
Sanción AEPD colegio

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) impuso una sanción de 15,000 euros a un colegio concertado en Jaén, una suma que finalmente se redujo a 9,000 euros, debido al reconocimiento de responsabilidad por parte de la institución y al pago anticipado de la multa.

En el marco de nuestra sección de noticias de Civis Data, analizaremos este caso que pone de relieve la importancia de salvaguardar la privacidad de los menores en el ámbito educativo y la necesidad de concienciar y formar a los profesionales de la educación.

¿Cuál fue la razón detrás de esta sanción?

Un padre de una alumna envió un correo electrónico a la tutora de su hija expresando su preocupación por la situación de su hija en el colegio. El contenido del correo describía que la joven se sentía «abandonada, desatendida, despreciada, insultada a veces y comparada de forma despectiva con terceros o con otra clase».

El conflicto se desencadenó cuando, durante una clase de la misma asignatura que había sido mencionada en el correo, la profesora hizo comentarios que insinuaban la existencia de estudiantes que se sentían menospreciados.

La alumna se sintió identificada y respondió, lo que llevó a la revelación de que la docente había recibido un correo electrónico del padre y comentó algunos detalles del mismo ante toda la clase.

Los padres de la alumna afectada alegaron que se había vulnerado el derecho a la intimidad de su hija y que esto constituía una forma de maltrato. La institución educativa reconoció su error tres días después y se disculpó. Además, informaron a la inspección educativa sobre otros comentarios críticos realizados por la docente dirigidos a poner en evidencia a la alumna.

Sin embargo, el problema persistió, ya que, según los reclamantes, la profesora nuevamente hizo comentarios inapropiados, lo que consideraron un «nuevo quebrantamiento del secreto profesional».

Cuando la AEPD intervino, el colegio argumentó que no había violado el deber de secreto profesional, ya que solo se había revelado la existencia del correo, no su contenido. También señaló que se había iniciado un expediente sancionador contra la profesora, quien previamente había firmado un documento de protección de datos en 2022.

Desde la perspectiva de la privacidad y la protección de datos, es crucial destacar que la información contenida en el correo electrónico y su comunicación en clase constituyen un tratamiento de datos personales.

Según la normativa vigente, el concepto de datos personales abarca cualquier información disponible en cualquier forma.

Además, el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria establece claramente los derechos de los alumnos, incluyendo el respeto a su identidad, intimidad e integridad.

El artículo 92 de la Ley Orgánica de Protección de Datos señala que los centros educativos y las personas que trabajen con menores deben garantizar la protección del interés del menor y, especialmente, de sus derechos fundamentales y de privacidad a través de servicios de la sociedad de la información.

La cuantificación de la sanción se basó en la gravedad de la situación, especialmente en la falta de expectativa de que el correo del padre sería compartido con los alumnos y la falta de diligencia en el tratamiento de la información.

Aunque la sanción  inicialmente se fijó en 15,000 euros, el reconocimiento de responsabilidad y el pronto pago permitieron reducir la multa a 9,000 euros, destacando la importancia de la cooperación y la corrección de errores en estos casos.

Este caso nos lleva a reflexionar sobre la importancia de respetar la privacidad y los derechos de los menores en el ámbito educativo. Los niños y adolescentes son particularmente vulnerables, y es responsabilidad de todos los actores educativos proteger sus derechos fundamentales.

También hay que destacar la necesidad de que los profesionales del ámbito educativo se conciencien y se formen en materia de privacidad y protección de datos de los menores. Es fundamental que se brinde capacitación y orientación adecuadas a los docentes para que comprendan cómo gestionar la información sensible de los alumnos y sepan cómo respetar y proteger la privacidad de los menores en el entorno educativo.

Como expertos en privacidad y protección de datos en Civis Data, estamos comprometidos en asesorar y ayudar a las instituciones educativas a cumplir con la normativa y a garantizar un entorno educativo seguro y respetuoso.

Si tu centro educativo enfrenta problemas relacionados con la privacidad y la protección de datos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. 

Sanción AEPD colegio

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